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Devolución del impuestos a turistas extranjeros

Devolución del impuestos a turistas extranjeros

Por medio del decreto 660 del 23 de abril de 2016 el Gobierno Colombiano ha reglamentado la devolución del impuesto del IVA a los turistas no residentes en el país. Este decreto indica que el extranjero no residente en Colombia puede solicitar la devolución del IVA en servicios adquiridos en establecimientos de comercio, siempre y cuando su valor, incluido el IVA, sea igual o superior a diez Unidades de Valor Tributario (UVT), es decir, aproximadamente $297.500 pesos colombianos.

Según la ministra de Comercio, Industria y Turismo, Cecilia Álvarez Correa, esto “hará que los destinos colombianos sean aún más interesantes para los viajeros internacionales”, lo que favorecerá el consumo de artículos de moda y lujo en Colombia, impulsando el turismo de compras; esta medida ya había sido tomada por otros países de la región como Chile y Perú.

Para hacer valida la devolución, el extranjero se deberá identificar con sello de inmigración estampado en el pasaporte y antes de salir de Colombia debe presentar en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN), el formulario de devolución debidamente diligenciado, pasaporte y fotocopia del documento que acredita su estatus migratorio. Se deben presentar las facturas originales y emitidas por un comercio oficial registrado y declarante y la devolución del dinero se hará mediante un abono efectuado a una tarjeta de crédito internacional que tenga convenio con la DIAN.

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